¿Cuáles son las deducciones autonómicas Madrid 2020?
Cuando vamos a presentar la declaración de la renta, todos buscamos como poder mejorar el resultado en nuestro beneficio. Para ello es muy útil saber todas las deducciones para la declaración de la renta 2020 a las que nos podemos acoger, cabe señalar que estas deducciones vienen marcadas por las distintas comunidades autónomas. Conocer estas deducciones autonómicas 2020 y saber dónde hay que informarlas en la declaración de la renta, puede suponer una gran diferencia en la cuota final. A continuación, vamos a hacer referencia a las deducciones autonómicas Madrid 2020.
Deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid 2020
Deducciones por situación personal y familiar
- Por nacimiento o adopción de hijos: podrás deducirte 600€ por cada hijo y se aplicará tanto en el ejercicio fiscal del nacimiento o adopción como en los dos siguientes. En el supuesto de parto o adopción múltiple la deducción del primer periodo se incrementa en 600€ más por cada hijo.
- Por adopción internacional: 600€ por cada hijo, para que la adopción tenga el carácter de internacional.
- Por acogimiento familiar de menores: 600€ por el primer menor en régimen de acogimiento familiar, 750€ por el segundo menor y 900€ por el tercero y siguientes. El acogimiento podrá ser simple, permanente o preadoptivo, administrativo o judicial.
- Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o con discapacidad: 1.500€ por cada mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33%. Se requiere que exista convivencia durante más de 183 días.
- Por gastos educativos: existe deducción por gastos de escolaridad el 15%, por gastos de enseñanza de idiomas el 10% y por gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar el 5%. La normativa pone un límite máximo de la deducción, estableciendo que no podrá exceder de 400€ por cada hijo por los gastos de enseñanza de idiomas y/o adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar. Y 900€ por dad hijo por los gastos anteriormente citados sumándole los gastos de escolaridad, este límite será de 1.000€ por cada hijo cuando estén cursando el primer ciclo de Educación Infantil.
- Por Cuidado de hijos menores de 3 años: Cuando se realice contratación de emplead@ del hogar para el cuidado hijo se puede deducir un 20% de las cuotas ingresadas a la seguridad o social con un límite de 400€ que se amplía a un 30% con un límite de 500€ para familias numerosas.
- Para Familias con 2 o más descendientes e ingresos reducidos: Deducción del 10% de la cuota íntegra autonómica siempre que no superen una base imponible superior a 24.000€.
Deducciones vivienda habitual en Madrid
En la comunidad de Madrid, la deducción por vivienda habitual es del 30% de las cantidades satisfechas por arrendamiento. Un límite máximo de deducción de 1.000€. Con el requisito de tener menos de 35 años o menos de 40 años en situación de desempleo y con cargas familiares y una base inferior a 25.620€ en tributación individual, 36.200€ en tributación conjunta, no pudiendo superar los 60.000€ la base imponible de la unidad familiar.
Deducciones para el fomento de empleo
- Para el fomento del autoempleo en jóvenes menores de 35 años, deducción de 1.000€ para menores de 35 años que causen alta por primera vez para en el ejercicio de una actividad, con la obligación de mantenerla durante al menos un año.
- Por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación, deducción del 30% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones sociales, para la creación o ampliación de capital de Sociedades Anónimas o limitadas, con un límite de 6.000€ anuales, ampliándose a 50% y un límite de 12.000 para Sociedades Anónimas laborales, sociedades responsabilidad limitada laborales y sociedades cooperativas y sociedades creadas o participadas por universidades o centros de investigación.
Otras Deducciones Autonómicas de la Comunidad de Madrid
- Por donativos a fundaciones y clubes deportivos: Deducción del 15% de las cantidades donadas a fundaciones y clubes deportivos. No podrá exceder del 10% de la base liquidable.
- Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil: Deducción del 20% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones correspondientes a procesos de ampliación de capital o de oferta pública de valores. La participación no puede superar el 10% del capital social y la sociedad en la que se invierte tiene que tener establecido su domicilio fiscal y social en la Comunidad de Madrid.
Como poner las deducciones en el Borrador de la declaración de la Renta
En el apartado Deducciones autonómicas, hacemos clic sobre el valor 0,00 y nos mostrara las distintas opciones que se disponen en función del domicilio fiscal del contribuyente, que es lo que marcará las deducciones autónicas aplicables.
Para informar la deducción autonómica que queremos aplicarnos, rellenaremos los datos solicitados cuando le damos al lápiz.
En Gesnom, esperamos que esta información te haya sido útil y sigue atento a todo lo que vamos a ir publicando en este blog para estar al día de todas las novedades. Puedes reducir tu carga fiscal conociendo las deducciones autonómicas Madrid 2020.
Feliz día.
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